El Gobierno ha declarado a Soto de Cerrato como zona afectada por una emergencia de Protección Civil, junto a otros territorios afectados por un total de 211 episodios catastróficos, 58 de ellos en Castilla y León, y la mayor parte, 57, como consecuencia de incendios forestales.
El acuerdo recoge una serie de ayudas que los damnificados pueden solicitar desde el momento en el que se produjo la emergencia y cuya gestión corresponde al Ministerio del Interior.
Estas ayudas están destinadas a paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres; gastos de corporaciones locales; establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, así como a subvencionar a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes para responder a las consecuencias de la emergencia.
Los sucesos abarcan el periodo del 31 de marzo al 27 de julio, con daños en comarcas de catorce comunidades autónomas.
La propuesta del Ministerio del Interior aprobada por el Consejo de Ministros, incluye los terribles incendios originados en la Comunidad de Madrid y en las provincias de Ávila y Toledo que motivaron la declaración de emergencia de interés nacional el pasado 23 de julio, la primera vez que se adopta esta decisión en emergencias derivadas de incendios forestales.
En concreto, las zonas de Castilla y León afectadas por esta declaración son 20 en León, seguida por 9 en Ávila, nueve; 8 en Valladolid; 5 en Burgos; 4 en Palencia y Zamora; 3 en Salamanca y Soria; y 2 Segovia.
Bajando al detalle, en Palencia se incluyen, ademas de los daños ocasionados por el incendio ocurrido en Soto de Cerrato el pasado 19 de Julio, los daños por fuegos iniciados el 25 de junio en Villalobón, el del 20 de julio en Valdeolmillos, y el del 22 de Julio en Valderrábano.
También se prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico (duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados) y por expedición del DNI.
La declaración de zona afectada por una emergencia de protección civil abre además la vía para que otros departamentos del Gobierno puedan habilitar otras ayudas propias de sus ámbitos competenciales.
En concreto, el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Como es habitual, las ayudas por daños personales estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Asimismo, los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y bonificaciones y exenciones de cuotas de la Seguridad Social.
Además, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática concederá ayudas, por un importe de hasta el 50 %, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
Cabe destacar que todos los ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública.
En materia de contratación, podrán tener la consideración de obras, servicios o suministros de emergencia, previo acuerdo del órgano de contratación, los contratos de reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o servicios, de obras de reposición de bienes perjudicados y de valoraciones de daños, cualquiera que sea su cuantía.
Por último, se podrá declarar urgente la ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones derivadas de la realización de estas obras, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
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