La Audiencia rebaja la pena al hombre que colocó una cámara en una casa de alquiler en Soto de Cerrato


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La Audiencia Provincial de Palencia ha dictado una sentencia en la que rebaja de 2,5 a 2 años la condena de cárcel impuesta por el Juzgado de lo Penal de Palencia a un hombre de 44 años, F. R. S. Z., por un delito contra la intimidad de las personas, tras ser hallada en mayo del 2006 en una habitación que alquilaba en una casa de campo en Soto de Cerrato una microcámara oculta.

El fallo del alto tribunal, que mantiene la multa de 6.480 euros para el procesado, entiende que no han quedado recogidos como hechos probados que se vulnerase la vida sexual de los clientes del establecimiento hotelero a pesar de la orientación de la cámara hacia la cama de la habitación, por lo que no aplica la mitad superior de la pena.

Los hechos se remontaban al 1 de mayo del año 2006, cuando una pareja denunció ante la Comandancia de Guardia Civil la presencia de una microcámara oculta dentro de un cajetín de la luz, en la habitación que habían alquilado al acusado, después de verla anunciada en unos carteles en Valladolid.

Según la pareja, cuando el novio se subió a una encimera para matar a un saltamontes que estaba en la pared, se apoyó en la lente, oculta en un agujero practicado en el cajetín y simulado como uno de los muchos puntos negros decorativos pintados sobre el fondo de la pared.

Otros clientes abundaron en la vista en la presencia de otras cámaras en la finca -una en la sala de juegos parcialmente oculta en un altavoz, y otra en la piscina tapada con una bolsa de plástico-, además de afirmar que en la casa no había carteles que advirtiesen de la presencia de cámaras dentro de las instalaciones de la casa de campo.

El condenado sostuvo en la vista que los puntos negros no se pintaron para «tapar nada» y que, «en su día», esa instalación se hizo para colocar el hilo musical, «pero costaba mucho dinero y se puso una cámara para controlar a mis sobrinos pequeños, porque se pegaban, pero estaba desconectada».

F. R. S. Z aseguró que la finca la había comprado siete años antes para uso propio y de su familia, que reformó en el 2003 la «chabola» que anunciaba como "nido de amor" y que alquilaba la propiedad como vivienda de alquiler «porque no hacía falta estar dado de alta, sólo ingresar el IVA».

Su letrado defensor incidió en que no estaba acreditado que esa microcámara emitiese «ni imagen ni sonido», e hizo hincapié en que los agentes, en su inspección ocular, tuvieron que recurrir a su defendido para que montase de nuevo la instalación, ya que «no había manera de que funcionara».

Respecto al resto de elementos intervenidos, un DVD y dos vídeos, los efectivos de la Policía Judicial de la Guardia Civil que realizaron el registro en la casa de campo y que comprobaron el funcionamiento de las cámaras, así como los agentes del servicio de Criminalística, todos citados como testigos, aseguraron que uno de los vídeos funcionaba correctamente y que el otro tenía averías, y que las cámaras estaban conectadas por cables a la vivienda del propietario. Apostillaron además que en la microcámara de la habitación sólo funcionaba el sonido, no la imagen.

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